miércoles, mayo 03, 2006

Dia Mundial de la Libertad de Prensa

El Día Mundial de la Libertad de Prensa, tiene su origen en una reunión de periodistas africanos realizada del 1 al 3 de mayo de 1991 en Windhoek, Namibia, donde se establecieron las condiciones para el funcionamiento de la libertad de prensa, pluralismo e independencia de los medios de comunicación en África. En octubre del mismo año y en reconocimiento a este esfuerzo, la Conferencia General de la UNESCO invitó al Director General de la Organización a transmitir “a la Asamblea General de las Naciones Unidas el deseo expresado por los Estados Miembros de la UNESCO de que el 3 de mayo se proclame Día Internacional de la Libertad de Prensa”. Ello se concreta gracias a la resolución 48/432, aprobada por la sesión plenaria número ochenta y cinco de la Asamblea General de la ONU, realizada el 20 de diciembre de 1993. Desde entonces, cada 3 de mayo, la UNESCO en cooperación con las más destacadas organizaciones y asociaciones de periodistas, directivos y propietarios de medios, sindicatos, colegios, gobiernos, parlamentos, autoridades locales, universidades y otras agencias del Sistema de las Naciones Unidas; desarrolla diversos actos y da a conocer documentos mediante los cuales subraya la importancia de la libertad de prensa como base de la democracia, enfatizando la necesidad de una plena vigencia de la libertad de expresión como derecho humano fundamental. Con ello se busca hacer un llamado para que la libertad de expresión y de opinión sea una realidad viva en y durante todo el tiempo, aún cuando solamente le dediquemos un día al año. Ello fue puesto de manifiesto en la Declaración de Santiago, aprobada por los asistentes al seminario sobre el Desarrollo de los Medios de Comunicación y la Democracia en América Latina y El Caribe, celebrado en Santiago de Chile en mayo de 1994. Dicho documento señala que: “La Libertad de expresión es la piedra angular de nuestras democracias. La democracia es indispensable para la paz y el desarrollo dentro y entre nuestros países. La Libertad de prensa es una parte clave e indivisible de la libertad de expresión”. Por otro lado, la Declaración de Chapultepec, animada por la Sociedad Interamericana de Prensa, expresa que: “Sólo mediante la libre expresión y circulación de ideas, la búsqueda y difusión de informaciones, la posibilidad de indagar y cuestionar, de exponer y reaccionar, de coincidir y discrepar, de dialogar y confrontar, de publicar y transmitir, es posible mantener una sociedad libre. Sólo mediante la práctica de estos principios será posible garantizar a los ciudadanos y grupos su derecho a recibir información imparcial y oportuna”. En la constitución de la UNESCO quedó establecido que la Organización fomentará “el conocimiento y la comprensión mutua de las naciones”, principios sobre los cuales se debe sustentar la paz y cuya realización implica el uso de la comunicación y de la información con la participación de todos los sistemas posibles y ello incluye a los medios de comunicación pues sin ellos no es posible una relación armónica entre las personas y sus países, ni los intercambios culturales o acciones solidarias, la comprensión de los problemas y la integración. Al abordar el tema, el señor Köichiro Matsuura, Director General de la UNESCO, ha observado que la Organización “debe continuar abogando por la libertad de expresión y seguir defendiendo la diversidad internacional en el flujo y la producción de los bienes culturales mientras trabaja profundamente en la democratización y para facilitar el acceso a la información y al conocimiento en todas las formas”. La UNESCO ha denunciado, en reiteradas oportunidades, que muchos periodistas han sido asesinados en el mundo y que varios de esos crímenes permanecen impunes. Este problema llevó a los Estados Miembros de la UNESCO a adoptar, durante la Conferencia General de la Organización del año 1997, la resolución 29. En este texto se hace un llamado “a tomar las medidas necesarias” para que, primero: no prescriban los crímenes cuando son perpetrados para impedir el ejercicio de la libertad de información; segundo: posibilitar el procesamiento y condena de los autores intelectuales de los asesinatos de quienes están ejerciendo el derecho a la libertad de expresión; y tercero, asegurarse que los responsables de los delitos contra los periodistas deban ser juzgados por tribunales de derecho común u ordinarios. Todos debemos estar comprometidos en la defensa y el fortalecimiento del derecho a la libre expresión de nuestro pensamiento pero también al de los otros, aunque sean opuestos a los nuestros. Toda persona tiene derecho a opinar por cualquier medio de comunicación sin que la cantidad de los que coincidimos o disentimos sea una variable que dé mayor o menor posibilidad a ser escuchado. Esta es una de las bases del derecho a disentir en toda sociedad democrática.
ppmt2006.-

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